Tras muchos años de trabajar por cuenta propia y de pagar la cuota, llega el momento de jubilarse. Los afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) deben haber cotizado 36 años y 9 meses como mínimo para jubilarse. Si tienes 65 años y 8 meses, puedes dejar de trabajar y cobrar la pensión. Sin embargo, muchos autónomos no saben que pueden solicitar la jubilación anticipada 2 años antes de lo que establece la ley. Es decir, que los trabajadores por cuenta propia que en el 2019 tengan cumplidos 63 años y 8 meses, ya pueden jubilarse, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos. Continúa leyendo para saber cuáles son y cómo pedirla.
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Requisitos para solicitar la jubilación anticipada a los autónomos
Si quieres dejar tu actividad y cobrar la jubilación antes de los 65 años y 8 meses, deberás contar con 63 años y 8 meses y haber cotizado 35 años como mínimo. Además, tendrás que demostrar que dos años como mínimo han sido cotizados durante los 15 años anteriores al momento de solicitar la jubilación anticipada y que el importe de la pensión que solicitarás resulte superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería a los 65 años y 8 meses de edad.
Coeficientes reductores por solicitar jubilación anticipada
Antes de solicitar la jubilación anticipada los autónomos deberían plantearse si les sirve abandonar su actividad laboral dos años antes. La mejor manera de hacerlo es conocer la cuantía a la que tendrán acceso y eso depende del coeficiente reductor, la prestación a la que se aspira y que se encuentra determinada por la base reguladora y los años que han sido cotizados.
- La función del coeficiente reductor es disminuir la prestación a cobrar según los años que adelantes la jubilación.
- Cuanto más se alejan los autónomos de la edad a la que tendrían que jubilarse, más se achicará su prestación. Asimismo, el coeficiente reductor depende de los años cotizados autónomo.
- Si tienen 38 años y 6 meses cotizados o menos, los autónomos tendrán una reducción del 8 % por año anticipado en la jubilación que se descontará de la siguiente manera: 2 % por cada trimestre.
- Los que tengan entre 30 y 8 años y 6 meses y 41 años y 6 meses cotizados, tendrán una reducción de 7,5 por ciento por año anticipado (1,87 % por trimestre).
- Si los años cotizados oscilan entre los 41 y 6 meses y los 44 y 6 meses, el coeficiente reductor será del 7 % anticipado (1,75 % para cada trimestre).
- Si los autónomos han cotizado más de 44 años y 6 meses el coeficiente reductor será del 6,5 % por cada año anticipado.
Cómo solicitar la jubilación anticipada
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es quién se encarga de gestionar y reconocer el derecho a la jubilación anticipada de los autónomos.
Quienes deseen jubilarse anticipadamente deberán presentarse en el INSS con DNI, certificado de cotizaciones, libro de familia y documento de afiliado a la seguridad social. A partir del momento en el que se solicita la jubilación anticipada, el Instituto Nacional de la Seguridad Social resolverá la petición en un máximo de 90 días.